lunes, 1 de febrero de 2016

¡No más impunidad para los evasores!

En una columna anterior denominada “¡Basta ya de alcahuetear a los evasores!”, trataba de llamar la atención sobre esta arista del problema fiscal. El asunto no es poca cosa y si estuviese controlado, habría un ingreso para las arcas públicas que, en buena teoría, haría innecesaria cualquier reforma para cobrar más impuestos.
Curiosamente los personajes que no quieren pagar impuestos, cuando se presenta una iniciativa para tratar de controlar la evasión, suelen argumentar que antes de esa y otras iniciativas lo que procede es reducir el gasto público. Dicho en otras palabras, se aferran de ese tipo de argumento tautológico para no aprobar las leyes que realmente les chima el zapato; no obstante, eso solo es una herramienta de las muchas que usan para lograr el cometido de no pagar impuestos.
En ese sentido, me parece importante señalar un par de las formas que estos grupos utilizan para evadir al fisco. Obviamente, dadas las limitaciones de espacio de esta columna, únicamente señalaré las más conocidas; empero, sobra decir, que existen muchas otras que se esconden en los diferentes mecanismos financieros que han surgido a lo largo de los años.
El primero tiene que ver con la modificación de los estados contables a la hora de hacer las diferentes declaraciones ante el fisco. Se trata de aquellas prácticas en que una persona jurídica o física, declara pérdidas o ganancias menores con base en la manipulación que se hace de los estados contables; ello es posible porque la Tributación Directa u otros órganos de recaudación, no tiene capacidad para auditar a todas las personas inscritas y menos a las no inscritas conforme a la ley.
La realidad que acabamos de indicar da pie para que se utilicen las más variadas formas para lograr el objetivo de evadir al fisco. Por ejemplo, en muchos lugares donde se brindan servicios profesionales o se venden diferentes bienes sólo aceptan dinero en efectivo, esta práctica permite no contabilizar aquellos ingresos pagados por los clientes a los que no se les entregó factura; es decir, si el ingreso total fue de un millón de colones y las ventas o servicios de los clientes que no retiraron la factura asciende a novecientos mil colones, la declaración al fisco será únicamente por cien mil colones.
Unido a lo anterior, también se suele utilizar los denominados escudos fiscales para justificar contablemente la evasión que se le hace al fisco. Los escudos fiscales son sociedades anónimas u otras figuras jurídicas que en realidad no prestan ningún servicio o producen ningún bien, aunque sí tienen una existencia jurídica y en ese tanto tienen la capacidad de emitir facturas a empresas o personas físicas; en palabras sencillas, imaginemos una sociedad anónima cuyo nombre legal es “La computadora feliz S. A.” y que realizó los procedimientos para emitir facturas, pues bien, hay empresas, asociaciones, fundaciones y personas físicas que le solicitan a ese escudo fiscal que emita una o varias facturas por concepto de equipo de cómputo y por un monto total, vamos a suponer, de cincuenta millones de colones que van aparecer en la contabilidad como un gasto y en ese tanto, incidirá sobre el balance contable y en el monto que se declarara ante el fisco.
Para que quede más claro. Debido a lo difícil para el fisco de controlar las contabilidades de las diferentes personas jurídicas o físicas, ellas se valen de estos escudos fiscales para justificar contablemente gastos que nunca se dieron en la realidad; es decir, contablemente se consigna un gasto por cincuenta millones de colones y físicamente existen las facturas que justifican aquel gasto, sin embargo, en la realidad, el equipo de cómputo no existe y la tributación no tiene la capacidad para ir a verificar la existencia de esos activos.
Como se observa, el meollo del asunto está en la debilidad que tiene el fisco para controlar a quiénes deben de tributar. Evidentemente ello no sucede con los trabajadores, ya que la mayoría no tiene posibilidad de usar escudos fiscales para justificar el gasto de su salario, se trata de un burro amarrado al que se le capta el tributo en la fuente; en contraste con el tigre suelto, que no solo tiene la posibilidad de aceptar solo efectivo o utilizar escudos fiscales, sino que ahora puede echar mano de otros instrumentos financieros.
De hecho, recientemente, una funcionaria del Ministerio de Hacienda explicó en la Asamblea Legislativa como se utilizan instrumentos financieros internacionales para lograr justificar gastos por medio de una estructura empresarial en que los intereses son los mismos. En efecto, se trata de las denominadas estructuras de holding o sociedades financieras que controlan la mayoría de acciones de un grupo de empresas que realizan transacciones de diverso tipo entre ellas; en otras palabras, se realizan negocios jurídicos que contablemente van a generar cuentas por pagar que, otra vez, van a ser tenidas en cuenta a la hora de hacer el balance contable de la empresa que pretende pagar menos impuestos o no pagar del todo.
En síntesis, son mecanismos financieros que cuesta entenderlos y que la mayoría de las personas no comprenden y tampoco les interesa hacerlo. Evasor es aquel que no paga lo que debe al erario público, así sea que deje de pagar un colón; en ese sentido, alcahuetear al evasor es permitirle que una vez y otra, y otra, realice este tipo de prácticas y sus acciones queden en la más absoluta impunidad.
Aquí debemos recordar al filósofo del derecho italiano, Cesare Beccaria, que en el Tratado de los delitos y las penas, decía: “ (…) La certidumbre del castigo, aunque sea moderado, causará siempre mayor impresión que el temor de otro más terrible pero unido a la esperanza de la impunidad.”
¡No más impunidad para los evasores!

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