lunes, 25 de mayo de 2015

Libertad de pocos, igualdad de muchos

¿Qué es la libertad? ¿Qué es la igualdad? Para empezar son términos vacíos, es decir, su significado va depender de la contestación que le demos a la pregunta: ¿Qué? Cuando hablemos de la libertad o de la igualdad es necesario preguntarse: ¿Qué libertad? o ¿Qué igualdad?
El problema es que se tiene o se ejercita la libertad o igualdad respecto de alguien o de algo, es decir, no se es libre o igual respecto de nada. Por ello, paralelamente a las anteriores preguntas, también hay que responder: ¿Libertad en relación con quién? ¿Igualdad respecto de quién?
Para que nos entendamos, la libertad es un término que supone la existencia de algo o alguien que nos impide o nos restringe. Tradicionalmente existe algo o alguien que nos impide ser libres o a contrario sensu, la libertad implica que hay algo o alguien que nos esclaviza.
Lo mismo sucede con el término igualdad. Pretendemos ser iguales respecto de algo o alguien, ya que no se puede ser igual en relación con uno mismo; por ello, la igualdad supone que hay algo u otros que son distintos a mí; busco la igualdad en algo o respecto de alguien que es un punto de referencia para alegar la necesidad de igualdad.
Así las cosas, las respuestas a las preguntas planteadas nos va a permitir establecer varios significados de las palabras libertad e igualdad. Puede ser que la libertad a la que me refiero es aquella que ha sido definida como libertad negativa, la cual consiste en que no haya algo o alguien que me impida: pensar, moverme, hablar, escribir, etc.; ese algo puede ser una fuerza natural o una fuerza humana que me esclaviza.
Pongamos ejemplos que siempre nos permiten explicarnos mejor. Una persona que es atrapada por una fuerza natural, pierde su libertad cuando está impedida de moverse de un lugar a otro; sin embargo, esa misma libertad puede perderla no por la fuerza de la naturaleza sino por la fuerza un ser humano, el ejemplo típico es el de la persona que impide a otra moverse y que la obliga a permanecer en un solo lugar.
Cuando hablamos de poder político nos referimos al uso que se hace de la fuerza física por medio de las personas que forman parte del aparato represivo del Estado, dicho de otro modo, una persona tiene poder político cuando puede ordenar a esas personas usar la fuerza física contra otras personas sin que ello sea considerado ilegítimo.
La libertad negativa consiste en la obligación de los que ejercen el poder político, por medio del Estado, de realizar acciones que impidan a las personas llevar a cabo una serie de acciones que se han valorado o estimado necesarias para su desarrollo. En ese sentido, a lo largo de la historia se ha considerado necesario, por ejemplo, que las personas puedan desplazarse de un lugar a otro sin que los aparatos represivos del Estado le impidan hacerlo o peor aún, lo apresen en razón de una orden arbitraria de aquel que ostenta el poder político.
No obstante, aunque la libertad negativa requiere de la abstención de la conducta o acción que esclaviza a la persona, ello no es suficiente para que ella ejercite la libertad de manera plena. Dicho de manera sencilla, la libertad de desplazamiento de un lugar a otro requiere, además de que el Estado se abstenga de  impedir mi movilización, que yo tenga la posibilidad real de moverme.
Una persona que tiene un impedimento físico para desplazarse tiene una libertad menor de desplazamiento que aquella sin impedimento físico o respecto de aquella que, además, cuenta con un vehículo para desplazarse. Mientras a lo interno del Estado la primera persona no puede ejercer la libertad de tránsito, la segunda la puede ejercer de manera más limitada que la tercera, debido a que una posee vehículo y la otra no.
Cuando nos percatamos de esta circunstancia también aparece el problema de la igualdad, ya que existe una diferencia entre aquellos que poseen los recursos para ejercitar la libertad y aquellos que no los tienen; los primeros, al tener un vehículo, pueden ejercitar la libertad de tránsito de manera más efectiva que aquellos que no lo tienen o que están impedidos físicamente de hacerlo.
Las personas, generalmente, se fijan en la libertad negativa pero no se percatan de la necesidad de la libertad positiva y, mucho menos, encuentran relación entre aquellas libertades y la igualdad. Usualmente se miran como términos que no se relacionan y ello es así, porque hay personas muy interesadas que esa relación no se haga.
La libertad negativa se corresponde con la denominada igualdad jurídica y la libertad positiva está vinculada con la llamada igualdad social. La libertad negativa es más fácil de llevarla a la práctica porque supone la abstención de una conducta, es decir, que el Estado no haga determinadas acciones en relación con todas las personas; sin embargo, en el caso de la libertad positiva, esta no se puede ejercitar de la misma manera si las personas no poseen los mismos recursos para ponerla en práctica o si el Estado no realiza acciones para equiparar los recursos con que cuentan las personas.
Teniendo en cuenta la diferenciación que hemos hecho, el problema más complicado se encuentra en la posibilidad que tienen las persona de más recursos de invocar la igualdad para aprovecharse de las acciones que se realizan para favorecer a los que menos tienen. Pensemos en la atención médica en un hospital de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), allí tendrá que ser atendido el que no tiene nada y el que tiene mucho; sin embargo, este último también tiene la opción de ir a la medicina privada para curar sus padecimientos, pero ello no le es posible al que tiene poco.
De hecho, si al que tiene mucho se le dijera que no va ser atendido en la CCSS porque él puede pagar su atención en la medicina privada, inmediatamente pondría un recurso de amparo alegando la violación de la igualdad jurídica garantizada por el artículo 33 de la Constitución Política. No obstante, si al que tiene poco se le negara la atención en un centro médico privado por no poder pagar la atención, éste no tendría posibilidad acudir ante la jurisdicción constitucional alegando la igualdad social.
Los que más tienen, pueden argumentar la igualdad jurídica para beneficiarse de las medidas que se realizan para lograr la igualdad social entre las personas. Sin embargo, los que menos tienen no pueden alegar la igualdad social para equiparar los recursos que permiten ejercitar la libertad de manera efectiva.
Por eso, señores, quienes abogan por la igualdad, siempre tendremos que lidiar con esta realidad; es decir, los otros que defienden la libertad negativa, siempre tienen en la igualdad una ventana para acceder a los beneficios de la equidad, pero al revés no funciona de la misma manera y ellos sí pueden impedir a los que menos tienen colarse por la ventana y exigir que se distribuyan equitativamente los recursos.
Desgraciadamente esta realidad no está a simple vista y cuesta entenderla, por ello la mayoría de las personas termina más interesada en el fútbol o en cualquier otra actividad que le signifique develar la cruel realidad en la que vivimos. Ante esta cruel realidad, tal vez, haya algunos que lean estas líneas por el solo hecho de ver escrito:  ¡Viva Heredia por media calle!

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