lunes, 27 de noviembre de 2017

La reincidencia delictiva debe reducir o eliminar los beneficios para el delincuente

Hace ya unos años viene prevaleciendo una ideología que presupone a los delincuentes como no reincidentes. Se trata de unas ideas que, pareciera, no están dispuestas a endurecer las penas para aquellas personas que delinquen una vez, y otra, y otra vez, etc.
El garantismo penal ha sido una perspectiva teórico-filosófica que ha estado presente en varios países de América Latina y Costa Rica no ha sido la excepción. Se trata de una tesis que procura garantizar los derechos que cualquier ser humano debe tener cuando es sometido al proceso penal, sin embargo, el problema que se ha presentado es que se aplica de manera indiscriminada; en otras palabras, no se hace diferencia entre una persona que ha delinquido por primera vez y otra que lo ha hecho varias veces.
Para que nos entendamos y que no haya malos entendidos. Nadie está planteando que el derecho a un debido proceso penal, por ejemplo, sea ignorado por parte de los órganos de persecución penal y de aquellos encargados de juzgar a los imputados; no obstante, sí debería existir un trato diferenciado para aquella persona que reincide contra los ciudadanos de la sociedad costarricense, o sea, para el delincuente reitera su conducta.
A los reincidentes se les debería dar un trato diferenciado, especialmente, en lo que a las penas se refiere. Por ejemplo, si una persona ha sido procesado por más de tres veces por el mismo delito o por otro diferente, las penas deberían tener una sanción mayor en función de la reincidencia; no puede ser que haya delincuentes que realizan varias veces sus acciones delictivas y se les trate como si no tuvieran antecedentes, este tipo de política ha sido nefasta para nuestro país.
El trato diferenciado debería ser en los diferentes institutos jurídicos penales que otorgan beneficios a los imputados. En este sentido, las medidas cautelares que se impongan, deberían ser las más severas; lo mismo tendría que acontecer en relación con las penas y los beneficios de ejecución de estas, es decir, en el caso de los reincidentes, los beneficios procesales y carcelarios no deberían darse en ningún caso.
Así las cosas, no es posible que la cárcel sea concebida como una especie de período de vacaciones para los delincuentes. Este es un tema polémico debido a las tesis de derechos humanos en relación con los privados de libertad, empero, consideramos que es necesario distinguir entre las condiciones de infraestructura y las condiciones de permanencia dentro del presidio; los condenados y principalmente los reincidentes, deberían experimentar con mayor intensidad los rigores de la cárcel y se les debería obligar a resarcir a la sociedad el daño repetitivo que le han ocasionado.
Al reincidente hay que tratarlo distinto, casualmente, por ser reincidente. A la persona que no escarmienta se le debe penar con mayor rigor y suprimir cualquier beneficio que la normativa otorgue; lo anterior, perfectamente, se puede hacer de una manera proporcional y que la severidad sea mayor con el que reincide más.
Lo que no puede ser es que haya un modelo penal y penitenciario que privilegie la reincidencia. El asunto ha llegado al extremo que existen delincuentes cuya dinámica es volver a la cárcel donde tienen su modo de vida, es decir, salen de la cárcel y vuelven a delinquir para que los vuelvan a condenar a la prisión.
Nótese que no estamos abogando por el populismo penal, se trata de un planteamiento que clama por dejar la alcahuetería pero sin llegar a los extremos de algunos personajes que ahora hasta aspiran a la presidencia de la República. ¿Hasta dónde llegará la razón de la sin razón?

lunes, 20 de noviembre de 2017

¡Afuera Óscar Ramírez!

Si a usted le llamó la atención el título de este artículo es porque, quizás, está de acuerdo con destituir al seleccionador nacional de fútbol. De igual manera, los que han seguido esta columna se habrán sorprendido, debido a que desde aquí hemos defendido la continuidad del director técnico del cuadro patrio.
No vamos a reiterar los argumentos que ya hemos dado, para no cometer la torpeza de separar a una persona que ha conseguido clasificar a la selección nacional de fútbol a su quinto mundial. A muchos se les olvida las condiciones en que Ramírez asumió la dirección técnica del equipo tricolor y como, inteligentemente, supo entender que existía una base que debía administrar para lograr los resultados que hoy nos tienen en Rusia 2018.
Espero que los detractores de este personaje de San Antonio de Belén, sinceramente, tengan que admitir su equivocación después del campeonato mundial de fútbol. Hay personas, periodistas en particular, que se han atrevido a realizar críticas que nada tienen que ver con lo futbolístico; desde que tiene panza, que no sabe hablar un segundo idioma o que se trata de un polo tico y no representa a lo mejor de la dirección técnica costarricense.
Este tipo de argumentos, lo repito nuevamente, son de los más bajos y pobres que se pueden esgrimir. Incluso, lo último que he escuchado es que se ha cuestionado su honorabilidad porque alineó como titular a Danny Carvajal en el partido contra la selección nacional de España; se puede estar en contra de semejante decisión y soy de los que la considero desafortunada, pero de eso a insinuar que es para favorecer a un representante mutuo, la verdad, retrata de cuerpo entero a las personas que crean ese tipo de dudas y especulaciones.
He de confesar que, a veces, me da por escuchar programas deportivos. Obviamente no resulta difícil hacerlo, porque las emisoras de radio están plagadas de programas con directores y comentaristas de todo tipo; sin embargo, en no pocas ocasiones, procedo a cambiarme a una emisora de música instrumental para dejar de oír discursos cargados de falacias y llenos de valoraciones que no resisten el más elemental análisis lógico.
Ahora bien, no me extraña en absoluto que haya personas que quieran eliminar o echar a Óscar Ramírez. Curiosamente, siempre tendemos a infravalorar lo costarricense en favor de lo extranjero y en nuestra historia existen múltiples ejemplos de eso; al mismo tiempo, somos dados a “bajarle el piso” a los compatriotas que han realizado trabajos extraordinarios, al punto de justificar la necesidad de desaparecerlos de la realidad costarricense.
Uno de los ejemplos que mejor evidencia esta tendencia de los costarricenses es el fusilamiento de Juan Rafael Mora Porras. Después de comandar a nuestro ejército y enfrentar una serie de batallas contra el enemigo extranjero, ganando con esfuerzo e inteligencia la guerra, fue derrocado y más tarde fusilado por sus mismos compatriotas; siempre se ha dicho que el fútbol guarda muchas similitudes con la guerra y que, en nuestros tiempos, sustituye lo que en otros tiempos constituía los enfrentamientos entre los diferentes países de la sociedad internacional. ¡Algo de cierto hay en esto!
De una vez aclaro, nadie está diciendo que entonces no se le puede hacer críticas al seleccionador nacional. Al contrario, las críticas son bien recibidas cuando están bien argumentadas y sustentadas, es decir, cuando no son falaces y sin contenido; lo que no puede ser son los discursos vacíos y repetitivos, aquellos que únicamente sirven para alimentar la idiotez de un montón de personas que se convierten en cajas de resonancia por medio de las redes sociales y otros medios de difusión.
Costa Rica es un país que puede lograr grandes cosas, sin embargo, hay gente interesada en hacernos creer lo contrario. Cuando trabajamos duro y nos fijamos un objetivo, la mayoría de las veces, lo logramos; sin embargo, cuando le damos cabida a la improvisación y a los discursos que dicen que no servimos para nada, casi siempre, nos va mal.
En la actualidad nos hace mucha falta aquel eslogan publicitario que abogaba por tener una gran autoestima nacional. Lo digo claramente y sin reservas, prefiero a un polo costarricense como seleccionador nacional: “Porque lo nuestro es mejor y es nuestro”.

lunes, 13 de noviembre de 2017

Ir al COSEVI es una tortura burocrática

Hace un tiempo escribí un par de artículos en relación con la arbitrariedad de los policías de tránsito, municipales y nacionales, respecto al decomiso de las placas. Se hacía ver el perjuicio que debían de soportar las personas y la indiferencia de las otras personas que creen, erróneamente, que jamás les va tocar enfrentar la arbitrariedad de estos funcionarios públicos.
Pues bien, uno de los perjuicios más terribles que debe enfrentar las personas objeto de semejante arbitrariedad es el proceso para recuperar las placas en el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI). En efecto, el trato al que son sometidas las personas en ese lugar raya en la tortura, especialmente, porque no tienen posibilidad de defenderse ante un poder burocrático ineficiente e indolente.
Para empezar, después que la arbitrariedad del funcionario público se concreta con el retiro de las placas, el ciudadano tiene que comenzar a padecer la inoperancia de la administración pública. Tiene que averiguar en qué momento la boleta de infracción la ingresan al sistema para poder pagarla o recurrirla, sin embargo, ello puede tardar varios días en el mejor de los casos o puede suceder que quede en una especie de limbo informático. Todo ello se puede agravar si la boleta de infracción desaparece del parabrisas del vehículo o es sustraída por un tercero.
Y es que, según el COSEVI, las personas tienen que hacer el seguimiento de una serie de documentos para poder lograr la devolución de las placas. Entre el decomiso de las placas, la inclusión de la boleta en el sistema y la llegada de las placas a esa instancia pública, no es extraño que haya un tiempo que puede ser de dos semanas; no obstante, eso no es lo más problemático, el verdadero calvario se da en lo que el usuario debe soportar en ese lugar.
Suponiendo que ya se hubiese dado lo indicado anteriormente, la persona debe soportar un “vía crucis” en las instalaciones del COSEVI. En primer lugar, si usted cree que va llegar a esa oficina pública y se le va a atender de manera rápida, por favor, vaya quitándose esa idea de la cabeza y prepárese para perder todo un día de trabajo en ese antro.
Para conseguir un campo es necesario que usted llegue a hacer fila en las afueras del COSEVI, como mínimo, antes de la siete de la mañana. Si por la presa que se hace en ese sector llegó después de esa hora, se corre el riesgo de no llegar a coger una ficha para que lo puedan atender antes que cierre la oficina pública; en otras palabras, por una cuestión del transcurso del tiempo, puede ser que no lo lleguen atender a pesar de haber estado todo el día haciendo fila.
Y es que la fila en la afueras del COSEVI es la primera que usted deberá hacer con la esperanza de ser atendido, la segunda es cuando ingresa a las instalaciones de ese lugar. Una vez que está adentro, deberá esperar afuera del recinto en que atienden los funcionarios de esa dependencia; es decir, en función del tiempo que duren en los trámites del día, puede suceder que usted no llegue a ser atendido porque esta segunda fila no le asegura obtener una ficha para hacer el trámite de reintegro de placas.
Estas dos filas, la de afuera del COSEVI y la de adentro pero fuera del lugar en que atienden a los funcionarios de esa dependencia, se mueven en función del tiempo que duren para tramitar el caso de cada ciudadano. Porque, atención, en esa oficina no solo se hace la devolución de placas, también se extienden certificaciones de los puntos de la licencia, se reciben apelaciones y una infinidad de trámites que no necesariamente están vinculados con la devolución de placas.
Si usted llegó a eso de las siete a la primera fila, para entrar al recinto donde lo van atender puede que ello suceda a eso de las once de la mañana. En efecto, si le va bien, en la segunda fila usted tendrá que estar de pie un promedio de cuatro horas; claro está, insisto, ello va depender del tiempo que duren los funcionarios del COSEVI atendiendo a cada una de las personas que llegaron antes de las siete de la mañana.
Pensemos que logra entrar al lugar donde se realiza el trámite, allí le darán una ficha que en teoría le asegura que el funcionario público lo va atender. Lo anterior no implica que usted podrá culminar el trámite de reintegro de placas, ello porque al llegar a la ventanilla, puede ser que se encuentre con una serie de sorpresas que lo lleven a regresar y tener que repetir el “vía crucis” que hemos descrito hasta aquí.
Hay una serie de requisitos que se deben cumplir para que le reintegren las placas y que supuestamente están en la página del COSEVI. Se supone que muchos se pueden cumplir ahí, porque la Asociación de Empleados de ese órgano público brinda el servicio, por ejemplo, el pago de las boletas pendientes, el servicio de fotocopiado o la compra de timbres y otros rubros propios de los trámites que allí se realizan; sin embargo, puede suceder que cuando usted vaya a pagar el sistema para hacer el pago esté caído o que el funcionario encargado esté en ese momento en su sagrado tiempo de café o almuerzo.
Hacemos esta descripción porque ha habido gente que ante esta situación no ha podido concretar su trámite de devolución de placas. Al llegar a la ventanilla, después de agotar las dos o más horas de espera en el recinto donde atienden con ficha en mano, le han dicho que tiene infracciones pendientes de cancelar y que no le pueden devolver las placas sino paga los montos adeudados, pago que en ese lugar solo se puede hacer en efectivo y si el sistema no esté caído.
Hay personas que han tenido que soportar el “vía crucis” dos o más veces. En algunos casos porque no pudieron cumplir con los requisitos que solicitan o porque no lograron coger ficha antes que el guarda decidiera que la gente dentro del recinto era la suficiente para llegar a la hora de cierre. Hubo personas que les cerraron la puerta en la cara, después de hacer una fila de alrededor de cuatro a seis horas.
En general cuando la gente consideraba que había cometido una infracción a la ley de tránsito, soportaba estoicamente este proceso burocrático perverso. Aunque había una queja generalizada de lo inapropiado del procedimiento, las personas lo asumen como parte del castigo que deben pagar por haber cometido una falta que está plenamente justificada.
No obstante, no todas las personas habían cometido dicha falta, muchas personas estaban ahí de manera injustificada y debido a la arbitrariedad de un policía de tránsito. Estos ciudadanos se mostraban sumamente indignados por ser sometidos a un proceso perverso, simplemente y llanamente, porque un funcionario público se excedió en su poder; en todo caso, lo que no puede ser, en cualquiera de los casos, es que cualquier ciudadano, culpable o no, tenga que soportar un proceso administrativo como el descrito.
¡Ahhh! Puede ser que haya lectores que digan: ¡Está bueno que sufran! O que piensen que no van a sufrir nunca una arbitrariedad como la que estamos comentando. No se equivoquen porque, más temprano que tarde, el día menos pensado, se verán en esta circunstancia y recordarán la indiferencia que tuvieron para con las personas que han padecido estas circunstancias.
¿Qué pasa que la gente no se indigna por estas y otras cosas? ¡Indignaos, carajo!  ¡Indignaos!

lunes, 6 de noviembre de 2017

Los​ ​requisitos​ ​sustantivos​ ​para​ ​elegir​ ​Magistrados​ ​deben​ ​cambiar

El tema de la elección de las personas para ocupar los puestos públicos es muy viejo.
Desde la antigüedad y hasta nuestros días, siempre ha sido un tema complejo que se
puede analizar desde diferentes perspectivas; se trata de una decisión que contempla
aspectos de carácter procedimental y también de criterios sustantivos para establecer
la idoneidad del candidato al puesto.
En “La República” de Platón, ya se daban algunas pautas sobre los criterios de
idoneidad necesarios para aspirar a un puesto público. Para el discípulo de Sócrates, el
principal requisito está relacionado con la sabiduría; en otras palabras, la persona que
va desempeñar la función pública debe ser una persona sabia, por eso para Platón los
gobernantes debían ser, en su época, los filósofos. ¡En la actualidad, ni locos!
La sabiduría también está asociada a la experiencia. No solo se trata de tener
conocimiento académico, sino también se requiere que esas personas tengan
experiencia de vida a nivel personal y profesional; la experiencia no se enseña sino que
se vive, por eso es una característica que solo la brinda el correr de los años y
difícilmente se puede encontrar en los más jóvenes.
La prudencia es una virtud que la solemos encontrar en los más viejos. Los puestos de
toma de decisión requieren de personas prudentes y no de aquellas que son incapaces
de dimensionar los efectos de sus decisiones. Una persona prudente tiene la
capacidad de observar y de imaginar todas las posibles consecuencias de una
situación concreta, la prudencia es una de las características fundamentales de
cualquier tomador de decisiones.
En la elección de Magistrados lo que debe modificarse son los criterios sustantivos y no
tanto los procedimentales. Los primeros buscan que quienes aspiren a los puestos,
cumplan con una serie de criterios que intenten garantizar la idoneidad del candidato;
los segundos, en cambio, centran su interés en los procedimientos para elegir a los
candidatos que cumplen con los requisitos previamente establecidos.
Para la elección de un Magistrado que formará parte de la Corte Suprema de Justicia,
se requiere modificar los criterios sustantivos que han prevalecido hasta nuestros días.
En este sentido, la edad debe modificarse para que quien aspire a ese puesto sea una
persona que ya está por encima del bien y del mal; la edad que existe en la actualidad
responde a una época en que la expectativa de vida era bastante menor, en
consecuencia, la edad se debería elevar por arriba de los cincuenta y cinco o sesenta
años.
Una persona que está por arriba de esa edad, en principio, ya tiene su vida resuelta.
Necesitamos personas con experiencia que quieran culminar su carrera jurídica en un
puesto como el de Magistrado y no elegir gente demasiado joven que están
construyendo su vida y aspiran a esos puestos por otros intereses y hasta por una
mera vanidad individual.
La persona que aspire a un puesto como el de Magistrado, deberá cumplir no solo con
una edad como la señalada sino con un número de años en ejercicio correcto del
Derecho. Al igual que con la edad cronológica, se debería subir a treinta y cinco o
cuarenta años el tiempo de ejercicio de la profesión; dicho en otros términos, el
requisito para poder a ocupar un puesto en cualquiera de las Salas de la Corte
Suprema de Justicia, estamos hablando que el perfil del aspirante podría ser (en
promedio) de una persona de sesenta años con treinta y cinco años ejerciendo el
Derecho.
Con el cambio de esos dos requisitos, la posibilidad que aspiren a esos puestos
personas no idóneas se reduce de manera importante. En efecto, el requisito de los
años de experiencia profesional nos asegura que el aspirante no podrá tener menos de
cincuenta y cinco años cuando esta se proponga; se trata de dos aspectos que deben ir
relacionados para limitar que sean nombrados advenedizos que no tienen ninguna
trayectoria en el ámbito jurídico.
Existe la duda en relación a si los aspirantes a Magistrado deban ser solo jueces de
carrera. La historia nos ha mostrado que dicho criterio no asegura que un juez de
carrera se desempeñará adecuadamente, o viceversa, que una persona que venga de
fuera del Poder Judicial lo va hacer de manera inadecuada.
Da la impresión que se podría pensar en una integración mixta. De la totalidad de los
miembros de una Sala de la Corte Suprema de Justicia, se podría elegir de manera
alterna un juez de carrera y otra persona que no lo sea, de manera que la conformación
de las Salas vayan cambiando en el tiempo; en otras palabras, si el que se muere,
pensiona o no es reelegido es juez de carrera, consecuentemente, se sustituye con
otra persona que cumpla esa característica y viceversa.
En ambos casos, sería deseable que los candidatos tuvieran el reconocimiento del
sector académico, profesional y judicial. Dado lo difícil de un consenso en relación con
ese reconocimiento, sería deseable que sea por mayoría; es decir, que al menos dos
sectores brinden su visto bueno a la candidatura de la persona que aspira a un puesto
como el de Magistrado.
Finalmente, aunque se nos queda los aspectos de procedimiento, el período como
Magistrado debería ser de uno con opción a una única reelección. En este momento el
nombramiento se hace por ocho años pero no hay límite en cuanto a la reelección, sin
embargo, una persona que sea elegida a los sesenta años promedio, bajo este
planteamiento, estaría saliendo de la magistratura a los setenta y cinco años.
¿No les parece que es una edad más que suficiente para jubilarse y culminar una
carrera como jurista?